Formación bonificada FUNDAE

Jordi Catafal
Jordi Catafal ·

Llevas años pagando por formación bonificada FUNDAE y probablemente no lo sabías. Cada mes, en cada nómina de tu empresa, sale un 0,70% de la base de cotización destinado a formación profesional. Es dinero que ya es tuyo, que ya has pagado, y que puedes recuperar para formar a tu equipo. Pero aquí viene el dato que duele: solo el 20,5% de las empresas españolas lo aprovechan (FUNDAE, Balance 2024). Las otras ocho de cada diez dejan ese dinero sobre la mesa.

Si eres responsable de RRHH en una PYME y te suena que "algo hay de FUNDAE" pero nunca has terminado de meterte en el tema, esta guía es para ti. Sin jerga innecesaria, con las referencias legales reales y con los pasos concretos para que este año no pierdas ni un euro.

Evaluación de competencias: guía práctica para RRHH →


Qué es la formación bonificada y por qué tu empresa ya está pagando por ella

Formación bonificada FUNDAE: Sistema público que permite a las empresas españolas financiar la formación de sus trabajadores mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. Está regulada por la Ley 30/2015 (BOE-A-2015-9734) y gestionada a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). Cada empresa dispone de un crédito anual calculado según su plantilla y cotizaciones del año anterior.

El 0,70% que sale de cada nómina (y de dónde viene)

Vamos al grano. Cada mes, por cada trabajador de tu plantilla, la empresa paga un 0,60% de la base de cotización y al trabajador se le descuenta un 0,10%. Eso suma el 0,70% que va destinado a formación profesional. Es una cotización finalista: ese dinero solo puede usarse para financiar formación (Orden PJC/178/2025, BOE-A-2025-3780).

Ponlo en números. Un trabajador con una base de cotización de 1.500 EUR mensuales genera 9 EUR al mes de la empresa y 1,50 EUR del trabajador. Parece poco, pero multiplica eso por 80 trabajadores y 12 meses. Sale un pico que muchas empresas ni saben que tienen disponible.

La formación bonificada no es un invento de consultoría ni un favor del gobierno. Es un derecho regulado por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre (BOE-A-2015-9734), que establece el Sistema de Formación Profesional para el Empleo. Esta ley fija los objetivos: promover empleo estable, contribuir a la competitividad empresarial y garantizar el derecho a la formación laboral.

Un cambio importante que trajo esta ley: los agentes sociales dejaron de participar en la gestión de los fondos. Ahora la gestión es más directa entre empresa y FUNDAE, lo que en teoría simplifica las cosas (en la práctica, la burocracia sigue siendo considerable, no te voy a mentir).

El dato que duele: el 80% de las empresas no usa su crédito

Datos clave FUNDAE: 80% de empresas no usa su crédito, 20,5% tasa real de uso, 53% del presupuesto aprovechado, crédito caduca el 31 de diciembre

Según el balance de FUNDAE de 2024, solo el 20,5% de las empresas españolas aprovecharon su crédito de formación bonificada. Solo 2 de cada 10. En números: 347.440 empresas de 1.697.759 potenciales beneficiarias (FUNDAE, Balance 2024). Y las PYMEs son las que menos lo utilizan, a pesar de tener condiciones más favorables. Las microempresas apenas alcanzan una tasa de participación del 15,3%, frente al 91,8% de las grandes empresas (FUNDAE, Balance 2024).

Las razones que nos encontramos habitualmente son las mismas: "no sabía que existía", "me parece muy complicado", "no tengo tiempo para los trámites". Y es comprensible. Cuando eres un departamento de RRHH de dos personas gestionando selección, nóminas, PRL y mil cosas más, meterte con FUNDAE se queda siempre para mañana.

Pero "mañana" lleva años llegando, y el crédito se pierde cada 31 de diciembre.

En nuestra experiencia trabajando con PYMEs, la mayoría de responsables de RRHH han oído hablar de FUNDAE pero muy pocos conocen su crédito exacto o han completado el proceso de bonificación alguna vez. Lo que observamos habitualmente es que la barrera no es la complejidad del sistema en sí, sino la falta de un primer paso guiado. Una vez que una empresa tramita su primera bonificación con éxito, tiende a repetir el proceso cada año.

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Cuánto crédito tiene tu empresa (cálculo real con ejemplos)

Tramos de bonificación FUNDAE: 100% para 1-9 trabajadores, 75% para 10-49, 60% para 50-249, 50% para más de 250, con ejemplo de cálculo real

Tabla de tramos según plantilla

Aquí no hay misterio. FUNDAE establece los porcentajes de bonificación según el tamaño de tu empresa:

Plantilla % de bonificación Cofinanciación privada
1-5 trabajadores 100% (mínimo 420 EUR) Exenta
6-9 trabajadores 100% 5%
10-49 trabajadores 75% 10%
50-249 trabajadores 60% 20%
+250 trabajadores 50% 40%

(Fuente: FUNDAE oficial)

La fórmula es sencilla: toma la cuota cotizada por formación profesional (0,70% x base de cotización x 12 meses x número de trabajadores) y aplica el porcentaje de bonificación de tu tramo.

Si tienes menos de 6 trabajadores, tienes un mínimo garantizado de 420 EUR. No es mucho, pero da para un curso que merezca la pena.

Consejo práctico: FUNDAE tiene un simulador oficial gratuito donde puedes calcular tu crédito en dos minutos. Úsalo antes de planificar nada.

Ejemplo práctico: PYME de 80 trabajadores

Imaginemos una empresa con 80 empleados y una base de cotización media de 1.800 EUR.

  • Cuota anual por formación profesional: 0,70% x 1.800 EUR x 12 meses x 80 trabajadores = 12.096 EUR
  • Porcentaje de bonificación (tramo 50-249): 60%
  • Crédito disponible: 7.257,60 EUR

Eso son más de 7.000 euros que puedes recuperar en formación para tu equipo. Dinero que ya has pagado y que, si no lo usas antes del 31 de diciembre, desaparece.

Cofinanciación privada obligatoria: qué es y cómo cumplirla

Si tu empresa tiene más de 5 trabajadores, tienes que aportar una parte del coste de formación de tu bolsillo. Es la cofinanciación privada. Los porcentajes están en la tabla de arriba.

Pero aquí viene el truco que muchas empresas no conocen: puedes cumplir la cofinanciación a través de los costes salariales si la formación se realiza en horario laboral y el trabajador no pierde retribución durante las horas formativas (FUNDAE oficial). Es decir, el salario que pagas al trabajador durante las horas que está formándose cuenta como cofinanciación. No tienes que poner dinero extra necesariamente.

Esto cambia mucho el cálculo para las PYMEs. Si organizas la formación en horario de trabajo, la cofinanciación la estás cubriendo con los sueldos que ya pagas. Un matiz: si la formación es parcialmente fuera de la jornada laboral, solo la parte en horario de trabajo computa como cofinanciación. Tenlo en cuenta al planificar los horarios formativos.


Esto es lo que diferencia esta guía de las demás. Aquí no te decimos "según la normativa vigente" sin decirte cuál. Te damos las referencias concretas para que, si alguien te pregunta, puedas responder con seguridad.

Ley 30/2015 y Real Decreto 694/2017: la base

La Ley 30/2015 (BOE-A-2015-9734) es el paraguas legal. El Real Decreto 694/2017 (BOE-A-2017-7769) es el desarrollo reglamentario que concreta cómo funcionan las cosas: qué iniciativas de formación existen, cómo se financian, qué requisitos deben cumplir las empresas y las entidades formativas, y cómo se acreditan las competencias adquiridas.

Si alguna vez necesitas consultar algo específico, estos son los dos documentos de cabecera:

Artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores: las 20 horas retribuidas

Esto lo desconoce mucha gente, incluso dentro de RRHH. El artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, BOE-A-2015-11430) establece que los trabajadores con al menos un año de antigüedad tienen derecho a 20 horas anuales de formación profesional retribuida, vinculadas a la actividad de la empresa.

Esas horas son acumulables por un periodo de hasta cinco años, siempre que la empresa disponga de un plan de formación activo que habilite esa acumulación. Y el tiempo de formación se considera tiempo de trabajo efectivo. Ten en cuenta que tu convenio colectivo puede mejorar este mínimo legal, ampliando las horas o las condiciones.

Un matiz importante que debes conocer: este derecho a las 20 horas se considera cumplido cuando la empresa ya ofrece formación profesional en el marco de un plan de formación por iniciativa empresarial o comprometido por negociación colectiva (art. 23.3 in fine ET). Es decir, si tu empresa ya tiene un plan de formación activo, el permiso individual de 20 horas puede no ser exigible por separado.

Aun así, esto significa que, además del crédito FUNDAE, tus empleados tienen un derecho legal a formarse en horario de trabajo. Son dos mecanismos diferentes que se complementan: el crédito FUNDAE financia el coste de la formación, y el artículo 23 del ET garantiza el tiempo para recibirla.

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Real Decreto 1189/2025: lo que cambia en 2026

Real Decreto 1189/2025: los 3 cambios clave para 2026: mayor control ITSS, devolución voluntaria y obligación de conservar documentación 4 años

Desde el 1 de enero de 2026, el RD 1189/2025, de 26 de diciembre (BOE-A-2025-27115), modifica el artículo 18 del RD 694/2017 y refuerza el control del sistema. Los cambios principales que necesitas conocer:

  1. Mayor intervención de la Inspección de Trabajo: Si el SEPE detecta irregularidades, ahora traslada directamente el informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), que inicia procedimiento administrativo. Antes había más margen; ahora el proceso es más rápido y más serio.

  2. Devolución voluntaria: Las empresas pueden devolver voluntariamente el importe de bonificación asociado a deficiencias detectadas. Es un mecanismo nuevo que, bien usado, puede evitarte sanciones mayores.

  3. Trazabilidad contable reforzada: Debes identificar los costes de formación de forma separada en tu contabilidad y conservar toda la documentación durante al menos cuatro años (BOE-A-2025-27115).

Esto último es nuevo y muy relevante. Si antes guardabas la documentación "por si acaso", ahora es una obligación legal explícita. Cuatro años de facturas, hojas de asistencia, controles de firma, programas formativos... todo.


Cómo gestionar la formación bonificada paso a paso

Los 5 pasos para gestionar la formación bonificada FUNDAE: detectar necesidades, informar RLT, comunicar FUNDAE, ejecutar y documentar, bonificar en TC1

Antes de empezar: cómo acceder a la plataforma FUNDAE

Si nunca has gestionado formación bonificada, lo primero es acceder a la plataforma de FUNDAE. El proceso es más sencillo de lo que parece:

  1. Entra en fundae.es y accede a la sección "Empresas".
  2. Necesitas certificado digital de la empresa (el mismo que usas para la Seguridad Social o Hacienda) o un representante autorizado con certificado propio. Si tu gestoría ya tramita seguros sociales con certificado digital, puede acceder en tu nombre.
  3. Consulta tu crédito disponible en el simulador oficial o directamente dentro de la plataforma una vez autenticado.
  4. Si delegas en tu gestoría o en una entidad organizadora, ellos tramitan los accesos y tú solo validas. Pero necesitas saber qué crédito tienes antes de que nadie decida por ti en qué gastarlo.

El primer acceso lleva 15 minutos si ya tienes certificado digital. Si no lo tienes, solicitarlo puede llevar unos días. No dejes que eso sea la excusa para no empezar.

Paso 1: Detectar necesidades formativas (antes de gastar el crédito)

Este es el paso que todo el mundo se salta, y es el más importante. Antes de decidir en qué formación vas a gastar tu crédito, necesitas saber qué necesita tu equipo. No al revés.

Lo que observamos habitualmente es que las empresas eligen formación porque "hay que gastar el crédito" o porque una entidad organizadora les ofrece un catálogo. El resultado: cursos genéricos de idiomas u ofimática que no mueven la aguja de nada.

Una detección de necesidades formativas implica evaluar las competencias actuales de tu equipo, identificar las brechas y alinear la formación con los objetivos del negocio. Si no sabes dónde están las carencias, estás gastando dinero público a ciegas.

Los propios datos de FUNDAE lo confirman: de los 1.210 millones de euros asignados en crédito en 2024, solo se utilizaron 644,6 millones, un 53% (FUNDAE, Balance 2024). Incluso las empresas que sí acceden al sistema dejan sin usar casi la mitad de su crédito, muchas veces porque no tienen claro en qué invertirlo. Un diagnóstico previo de competencias cambia esa dinámica.

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Este requisito pilla por sorpresa a muchas empresas. Debes informar a la RLT del plan de formación con al menos 15 días hábiles de antelación al inicio (FUNDAE oficial). La RLT tiene 15 días para emitir un informe.

La información que debes incluir es:

  • Denominación, objetivos y descripción de las acciones formativas
  • Colectivos destinatarios y número de participantes
  • Calendario previsto
  • Medios pedagógicos
  • Criterios de selección de participantes
  • Lugar previsto de impartición

Si no tienes RLT constituida en tu empresa (que es habitual en PYMEs), debes informar directamente a los trabajadores. El incumplimiento de este trámite impide la bonificación. No es opcional.

Paso 3: Comunicar la acción formativa en la plataforma FUNDAE (2 días antes)

La comunicación del inicio de la acción formativa debe hacerse con un mínimo de 2 días naturales de antelación en la plataforma de FUNDAE. La finalización se comunica con al menos 1 día de antelación.

Si no comunicas dentro de estos plazos, la formación se considera no realizada y pierdes la bonificación. Así de tajante. No hay excepciones, no hay "lo comunico después y ya". Fuera de plazo = fuera de bonificación.

Apunta estos plazos en tu calendario y pon alertas. Es de esas cosas que si se te pasan un día, no hay vuelta atrás.

Paso 4: Ejecutar la formación y documentar correctamente

Durante la ejecución de la formación, la documentación de control es lo que más problemas da. Necesitas:

  • Hojas de asistencia firmadas (en presencial, firma diaria, no toda al principio del curso)
  • Control de conexiones (en teleformación)
  • Programa formativo detallado
  • CV del formador
  • Evaluación de los participantes

La formación debe cumplir unos requisitos básicos: duración mínima de 2 horas, no superar 8 horas diarias, máximo 30 participantes por tutor en presencial y 80 en modalidad online (Ley 30/2015, art. 14). Y, por supuesto, la formación debe ser gratuita para los trabajadores. Cobrar a los participantes por formación financiada con fondos públicos se considera infracción muy grave (Ley 30/2015).

Respecto a modalidades: la formación puede ser presencial, teleformación u online, o mixta. Según los datos de FUNDAE de 2024, el 62,4% de la formación bonificada fue presencial y el 36,7% teleformación.

Con el RD 1189/2025, la documentación debe conservarse durante al menos 4 años y los costes de formación deben identificarse de forma separada en la contabilidad de la empresa (BOE-A-2025-27115).

Paso 5: Aplicar la bonificación en los seguros sociales

Una vez ejecutada la formación y con toda la documentación en regla, aplicas la bonificación directamente en los seguros sociales de tu empresa. Es una deducción en los boletines de cotización (TC1).

Recuerda: el crédito se consume dentro del año natural. Lo que no uses antes del 31 de diciembre, lo pierdes. No se acumula.

Gestión interna vs. Entidad Organizadora: qué te conviene

Tienes dos caminos:

Autogestión: Tu empresa tramita todo directamente en la plataforma FUNDAE. No necesitas intermediarios ni acreditación especial. Es gratuito (aparte de tu tiempo). La reforma de la Ley 30/2015 abrió esta posibilidad, lo que democratizó el acceso para PYMEs.

Entidad Organizadora externa: Delegas los trámites administrativos a una empresa especializada. Reduce el riesgo de errores pero añade un coste.

Nuestra recomendación: si tu crédito es inferior a 3.000 EUR y tienes un equipo de RRHH mínimo, la autogestión es perfectamente viable. Si tu crédito es mayor y no tienes experiencia previa, una entidad organizadora puede ahorrarte disgustos el primer año. Una vez que le coges el tranquillo, puedes plantearte hacerlo internamente.


Los 5 errores que hacen perder la bonificación (y cómo evitarlos)

Los 5 errores que hacen perder la bonificación FUNDAE: no comunicar cambios, documentación desde el día 1, omitir RLT, superar el límite y no conservar 4 años

Error 1: No comunicar cambios a FUNDAE

Has comunicado la formación en plazo, pero cambia el horario, el aula o el formador. Si no comunicas ese cambio a FUNDAE, una inspección sorpresa puede anular la bonificación. Todo cambio, por pequeño que parezca, debe reflejarse en la plataforma.

Cómo evitarlo: Designa a una persona responsable de mantener la plataforma FUNDAE actualizada. Cada cambio se comunica el mismo día.

Error 2: Documentación de control deficiente

El clásico: hacer firmar toda la documentación el primer día del curso "para tenerlo listo". Esto está prohibido y pone en riesgo la bonificación. Las hojas de asistencia deben firmarse cada día de formación.

Cómo evitarlo: Prepara las hojas de asistencia por sesión. El formador las recoge firmadas al finalizar cada jornada. Sin excepciones.

Error 3: No informar a la RLT

Informar a la RLT (o a los trabajadores si no hay RLT) es requisito obligatorio. El incumplimiento invalida la bonificación (FUNDAE oficial).

Cómo evitarlo: Incluye la comunicación a la RLT como primer paso de tu checklist, 15 días hábiles antes del inicio de cualquier acción formativa.

Error 4: Superar los límites de bonificación

Bonificar más de lo que tu crédito permite, no respetar los porcentajes de cofinanciación o superar los límites máximos de bonificación por participante. Estos límites varían según la modalidad (presencial o teleformación) y la duración de la acción formativa, y muchas empresas los superan sin saberlo, especialmente en formaciones in-company con costes altos o grupos reducidos. Son errores que se detectan en las auditorías y que obligan a devolver el importe, con posibles recargos (Ley 30/2015 y RD 694/2017).

Cómo evitarlo: Calcula tu crédito con el simulador de FUNDAE antes de planificar. Lleva un control actualizado del crédito consumido vs. disponible. Y antes de contratar una acción formativa, consulta los límites máximos de coste bonificable por participante y hora vigentes en la plataforma de FUNDAE para tu modalidad.

Error 5: No conservar la documentación 4 años (novedad 2026)

Con el RD 1189/2025 (BOE-A-2025-27115), conservar la documentación durante al menos cuatro años es ahora una obligación legal explícita. Facturas, programas formativos, hojas de asistencia, evaluaciones, comunicaciones a la RLT... todo.

Cómo evitarlo: Crea una carpeta digital por año y por acción formativa. Digitaliza todo. Y pon un recordatorio para no destruir nada antes de los cuatro años.


Antes de gastar tu crédito: por qué necesitas una evaluación de competencias

El problema de la formación genérica: gastar el crédito sin saber qué necesitas

Vamos a ser directos. Demasiadas empresas gastan su crédito FUNDAE en cursos de inglés o de Excel porque "algo había que hacer" y "la entidad organizadora nos lo ofreció". No es que esos cursos estén mal, pero si no responden a una necesidad real del equipo, el dinero no está bien invertido.

El patrón es siempre el mismo: llega noviembre, te das cuenta de que no has usado el crédito, llamas a una entidad organizadora, te ofrecen lo que tienen disponible, y al final formas en competencias que nadie necesitaba mejorar. El tick de "hemos hecho formación" está puesto, pero el impacto real en el equipo es cero.

Para poner en contexto el alcance del sistema: en 2024 se registraron 5,8 millones de participaciones formativas, aunque el número real de trabajadores únicos beneficiados fue de 3.378.343, ya que un mismo trabajador puede participar en varios cursos (FUNDAE, Balance 2024). Se utilizaron 644,6 millones de euros, el 53% del crédito total asignado de aproximadamente 1.210 millones (FUNDAE, Balance 2024). Incluso las empresas que sí usan el sistema no agotan su crédito.

Cómo una evaluación de competencias optimiza tu plan de formación FUNDAE

La lógica es simple: antes de decidir en qué gastar tu crédito, necesitas saber qué competencias le faltan a tu equipo. Una evaluación de competencias te da esa radiografía: qué sabe hacer tu gente, dónde están las brechas y qué formación tendrá impacto real.

Cuando conectas la evaluación de competencias con tu planificación de formación FUNDAE, pasan cosas concretas:

  1. Inviertes el crédito en lo que de verdad importa. No en lo que te ofrecen, sino en lo que necesitas.
  2. Puedes justificar la formación ante dirección. Ya no es "hacemos formación porque toca", sino "formamos en estas competencias porque tenemos una brecha medible".

Y hay un tercer beneficio que tiene más que ver con la tranquilidad legal: la detección de necesidades formativas es parte del proceso que la Ley 30/2015 contempla. Tener datos objetivos te protege ante cualquier cuestionamiento.

La pregunta que más importa no es cómo recuperar el dinero, sino cómo invertirlo para que el equipo mejore de verdad.

En la práctica, las empresas que realizan una evaluación de competencias antes de diseñar su plan de formación consiguen aprovechar un porcentaje mayor de su crédito FUNDAE (porque saben exactamente qué formación contratar) y generar un impacto visible en el desempeño del equipo (porque la formación responde a brechas reales, no a un catálogo genérico). El diagnóstico previo convierte el crédito FUNDAE de un trámite a una inversión con retorno.

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Referencias

  1. [1] Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. BOE-A-2015-9734
  2. [2] Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015. BOE-A-2017-7769
  3. [3] Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Estatuto de los Trabajadores, Art. 23. BOE-A-2015-11430
  4. [4] Real Decreto 1189/2025, de 26 de diciembre, por el que se modifica el artículo 18 del RD 694/2017. BOE-A-2025-27115
  5. [5] Orden PJC/178/2025, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social. BOE-A-2025-3780
  6. [6] FUNDAE (2024). Balance de Situación de la Formación Programada 2024. ↗ Fuente
  7. [7] FUNDAE. Simulador de crédito de formación. ↗ Fuente

Última actualización: marzo 2026. Consulta siempre las fuentes oficiales del BOE y FUNDAE para verificar posibles actualizaciones normativas.


Preguntas frecuentes

¿Qué es la formación bonificada FUNDAE?

La formación bonificada FUNDAE es un sistema que permite a las empresas españolas financiar la formación de sus trabajadores mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. Está regulada por la Ley 30/2015 (BOE-A-2015-9734) y gestionada a través de FUNDAE. Cada empresa dispone de un crédito anual calculado según su plantilla y cotizaciones del año anterior.

¿Qué empresas pueden acceder a la formación bonificada?

Todas las empresas con sede en España que coticen por formación profesional y estén al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. No importa el tamaño ni el sector. Incluso las micropymes de 1 a 5 empleados tienen un crédito mínimo garantizado de 420 EUR anuales (FUNDAE oficial).

¿Se pierde el crédito si no se usa?

Sí. El crédito es anual y se pierde el 31 de diciembre de cada año. No se acumula de un ejercicio a otro. Según datos de FUNDAE (Balance 2024), solo el 20,5% de las empresas españolas aprovechan su crédito.

¿Qué pasa si no tengo RLT en mi empresa?

Debes informar directamente a los trabajadores afectados por la formación. La ausencia de RLT no te exime de la obligación de informar. El incumplimiento de este trámite impide la adquisición del derecho a la bonificación (FUNDAE oficial).

¿Puedo bonificar formación online?

Sí. Según el artículo 14 de la Ley 30/2015 (BOE-A-2015-9734), la formación puede ser presencial, online (teleformación) o mixta. De hecho, en 2024, el 36,7% de la formación bonificada fue en modalidad de teleformación (FUNDAE, Balance 2024). Los requisitos de control de asistencia son diferentes (control de conexiones en vez de hojas de firma), pero la bonificación funciona igual.

¿Qué es un PIF y en qué se diferencia del crédito de formación?

Un Permiso Individual de Formación (PIF) permite al trabajador hasta 200 horas laborales para formación oficial con titulación reconocida. La empresa bonifica los costes salariales durante el permiso. Es diferente al crédito de formación: el PIF es para formación reglada que el trabajador elige, mientras que el crédito financia formación programada por la empresa. Los PIFs no consumen el crédito de formación de la empresa (FUNDAE oficial).

¿Qué cambios introduce el RD 1189/2025 para 2026?

El RD 1189/2025 (BOE-A-2025-27115), en vigor desde el 1 de enero de 2026, refuerza el control del sistema. Los cambios principales: mayor intervención de la Inspección de Trabajo en caso de irregularidades, posibilidad de devolución voluntaria de bonificaciones con deficiencias, y obligación de conservar toda la documentación durante al menos 4 años con trazabilidad contable separada.

¿Cómo calculo el crédito de formación de mi empresa?

El crédito se calcula así: cuota cotizada por formación profesional (0,70% x base de cotización x 12 meses x número de trabajadores) multiplicada por el porcentaje de bonificación según tramo (100% para 1-9, 75% para 10-49, 60% para 50-249, 50% para +250). Las empresas con hasta 5 trabajadores tienen un crédito mínimo garantizado de 420 EUR. FUNDAE ofrece un simulador oficial gratuito en simuladorcredito.fundae.es.

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